ACA pide la entrega del expediente en el que se encuentra el acuerdo unánime de la Junta de Gobierno de Cogersa por el que se aprobó la incineradora de basuras

Ilustrísimo señor don Francisco González Buendía.

Presidente de Cogersa

Domingo Goñi Tirapu, con DNI 15876193Y, como Presidente y en representación de la Agrupación de Colectivos Asturianos (ACA) cuyo NIF es G74173931, inscrita en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el Nº 97 de la Sección Segunda y con domicilio a efectos de comunicación en c/ Postigo Alto 14 bajo, 33009 Oviedo, teléfono de contacto 650734618 y email: colectivosasturianos@gmail.com, se dirige a usted para comunicarle que le

URGIMOS la entrega de una copia completa de la información ambiental -en el sentido conferido a este concepto por la vigente legislación española y europea, es decir, todo lo relacionado con la tramitación administrativa del asunto de referencia- relativa al expediente que obra en ese consorcio, que tenga que ver con el procedimiento de aprobación por la Junta de Gobierno del mismo, de una solución de “valorización energética”, vulgo “incineración”, como procedimiento para resolver lo que al parecer es el apremiante problema creado por la “colmatación” del vertedero que gestiona ese ente que usted preside.

Como usted sabrá perfectamente, España, que otorga en el Artículo 45 de su Constitución un tratamiento prioritario y específico para las cuestiones medioambientales, como derecho colectivo de primerísimo rango, tiene en estos momentos una amplia legislación que protege el derecho de los ciudadanos al acceso a la información medioambiental (definida con toda claridad en la Ley 27/2006). Este derecho a la información estaba ya claramente definido por la Ley 38/1995, de 12 de diciembre, “sobre el derecho de acceso a la Información en materia de Medio Ambiente”, que estuvo vigente hasta el 20 de julio de 2006, por la aprobación de una ley aún más rotunda y clara que la derogada, acortando plazos y estipulando sanciones y medidas contundentes a los efectos de conseguir un comportamiento responsable de nuestros gestores de los intereses públicos, hacia los ciudadanos preocupados por la defensa de la calidad de vida de sus semejantes en un medio ambiente cuidado y respetuosamente gestionado.

Así pues, nuestro país, que ratificó el Convenio de Aarhus en diciembre del 2004, que entro en vigor el 31 de marzo de 2005, tiene definido este derecho, con toda claridad, desde el año 1995. La propia Unión Europea, al igual que todos los Estados miembros, firmó el citado Convenio, armonizando su letra y su espíritu, mediante una tarea legislativa emprendida al respecto, que dio como resultado un proyecto de Reglamento comunitario por el que se reguló la aplicación del Convenio al funcionamiento de las Instituciones comunitarias, y dos Directivas, a través de las cuales se incorporaron de manera armonizada para el conjunto de la Unión las obligaciones correspondientes a los pilares del acceso a la información y de la participación en los asuntos ambientales. Se trata de la Directiva 2003/4/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, sobre el acceso del público a la información ambiental y por la que se derogaba la Directiva 90/313/CEE, del Consejo, y de la Directiva 2003/35/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por la que se establecieron las medidas para la participación del público en determinados planes y programas relacionados con el medio ambiente y por la que se modificaron, en lo que se refiere a la participación pública y el acceso a la justicia, las Directivas 85/337/CEE y 96/61/CE.

Por la presente, y aprovechando la ocasión que nos brinda el deseo de nuestra agrupación de contar de manera inmediata con la susodicha información, le comunicamos que a todos los efectos tenga por manifestada nuestra intención, como entidad cívica de carácter ambientalista, que goza de todos los requisitos estipulados por la legislación vigente, a la hora de ser considerada parte para que se nos comuniquen todas las decisiones que se adopten a partir de ahora, que tengan alguna implicación de carácter medioambiental, y en especial, las relacionadas con el susodicho asunto de la “valorización energética”, vulgo “incineración”, dado que en los medios de comunicación se ha publicado la noticia de que la Federación Socialista Asturiana ha acordado, en su Comisión Ejecutiva, urgir al Gobierno, para que éste a su vez urja a ese consorcio a adoptar una decisión para la contratación de la instalación de una planta que “valorice”, vulgo “incinere”, 450.000 toneladas de residuos de lo que se viene denominando “fracción resto”, que según los medios va a tener un coste de 250 millones de euros.

Cualquier decisión de ese tipo que se adopte, debe sernos comunicada, y por eso se lo pedimos expresamente y de manera muy clara, dado que hasta ahora hemos sido excluidos del derecho a participar en esas decisiones, lo que entendemos puede viciar tales decisiones de nulidad, de conformidad con la legislación vigente, y así, para evitar cualquier equívoco, se lo manifestamos con la presente y por escrito, para cualquier actuación ulterior, junto con el expediente solicitado de lo actuado hasta ahora por los órganos de Gobierno de ese Consorcio.

Se adjuntan copias de documentos que acreditan la legitimidad de la Agrupación y la representatividad de quien suscribe, con objeto de facilitar la gestión y evitar en su medida nuevos gastos y posibles excesos de material.

Atentamente, en espera de su respuesta.

En Llanes para Oviedo, a 9 de febrero de 2010.

Fdo. Domingo Goñi Tirapu

Presidente de ACA

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